ORDENANZA N° 1021/96

Fecha de sanción: 
13/09/1996
Título: 
Arrojar Agua y Baldear Aceras
Descripción: 

El Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades

ACUERDA Y SANCIONA

ARTICULO 1º: DEROGASE, todas las Ordenanzas vigentes hasta la fecha, referidas a arrojar agua y baldear las aceras.
ARTICULO 2º: FIJASE, la temporada de verano desde el 15 de Octubre hasta el 15 de Abril, permitiendo durante ese lapso arrojar agua o baldear las veredas los días Martes, Jueves y Sábados en el horario de 8.00 a 20.00 Hs.
ARTICULO 3º: FIJASE , la temporada de invierno desde el 16 de Abril hasta el 14 de Octubre, permitiendo durante ese lapso arrojar agua o baldear las veredas los días Martes y Sábado en el horario de 8.00 a 17.00 Hs.
ARTICULO 4º: PERMITASE, a todos los comercios de: Confitería, Bares, Heladerías, Restaurantes, Casas de Comidas, Carnicerías, etc, poder baldear en forma medida las veredas los días no permitidos.
ARTICULO 5º: CONTROLASE, a través de los Departamentos correspondientes que se cumpla como corresponde esta Ordenanza.
ARTICULO 6º: Regístrese, Comuníquese, Archívese.

Dado en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los trece días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis.

Corresponde a Expte. Nro. 865/96