ORDENANZA N° 2133/19

Fecha de sanción: 
26 de Noviembre de 2019
Título: 
Adhiere al régimen de Promoción Industrial que prevé la Ley Provincial Nº 13.656
Descripción: 

ARTICULO 1º: Declárase a la Municipalidad de Genera Arenales adherida al régimen de Promoción Industrial que prevé la Ley Provincial Nº 13.656 y sus normas complementarias.

ARTICULO 2º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal para que firme con el Ministerio de Producción de la Provincia de Buenos Aires los convenios necesarios para el cumplimiento de la Ley a la que se adhiere por el presente.

ARTICULO 3º: Créase la Junta de Promoción Industrial del Municipio de General Arenales, la cual estará integrada por miembros representantes de las siguientes instituciones: - El Departamento ejecutivo Municipal, a través de la Dirección de Producción; - El Honorable Concejo Deliberante Municipal, por medio de los miembros que se designen al efecto, con representación de las minorías en esa composición; - Representantes de la Cámara de Comercio e Industria local; - Representantes de la Sociedad Rural y de la Federación Agraria del distrito de General Arenales; - Representantes de cooperativas e industrias y emprendedores del Municipio.

ARTICULO 4º: Convocase a las mencionadas instituciones a los fines de la integración de la Junta mencionada, la cual tendrá a su cargo, - Sin perjuicio de los beneficios a nivel provincial que establece la Ley Provincial Nº 13.656 a la cual se adhiere por la presente - , la elaboración de un proyecto para elevar al Poder Ejecutivo, que contemple franquicias y beneficios impositivos a nivel local, sistema de crédito municipal, asistencia y asesoramiento técnico y todo otro factor de interés para aquellas empresas industriales que se hubieses adherido al régimen de promoción industrial de la Ley Provincial Nº 13.656, o que sin hacerlo reúnan requisitos y condiciones para recibirlos en materia local.

ARTICULO 5º: Reglaméntese por Ejecutivo Municipal la presente Ordenanza, en un plazo máximo de 30 días posteriores a la recepción del informe que indica el artículo anterior.

ARTICULO 6º: Regístrese, Comuníquese, Archívese